jueves, 7 de enero de 2010

Bernstein II

B. 505. XLIII.

Bernstein, Jorge Héctor y otros s/ recurso extraordinario.

Buenos Aires, 29 de abril de 2008 Vistos los autos: ABernstein, Jorge Héctor y otros s/ recurso extraordinario@.

Considerando:

Que las cuestiones debatidas en el sub lite son sustancialmente análogas a las tratadas por este Tribunal en la causa S.1009.XXXII ASantillán, Francisco Agustín@, sentencia del 13 de agosto de 2001, (Fallos: 321:2021) y Q.162.XXXVIII AQuiroga, Edgardo Oscar@, de fecha 23 de diciembre de 2004 (Fallos: 327:5863), a cuyas consideraciones y fundamentos, en sus partes pertinentes, cabe remitirse por razones de brevedad.

Por ello, habiendo dictaminado el señor Procurador General de la Nación, se declara mal concedido el recurso extraordinario interpuesto por el Fiscal General, se hace lugar a los recursos extraordinarios deducidos por las defensas de los acusados y se confirma la resolución apelada. Hágase saber y devuélvase. RICARDO LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI.

Recursos extraordinarios interpuesto por los Dres. Roxana Gabriela Piña y Carlos Alberto Espinoza (por la defensa de Ricardo Norberto Sandler); Dr. Miguel Ángel Almeyra (por la defensa de María Claudia Alonso); Dres. Ángel Oscar Moyano y Eduardo Aguirre Obarrio, con el patrocinio del Dr. Gonzalo Mugica (por la defensa de Jorge Héctor Bernstein) y por el fiscal general ante la Cámara de Casación Dr. Ricardo Gustavo Wechsler Traslado contestado por el fiscal general (de los recursos presentados por las defensas antes mencionadas) y por las defensas antedichas (del recurso del fiscal); y por la querellante (AFIP-DGI), representada por la Dra. Olga E. Drebnica (de los recursos de las tres defensas técnicas y del fiscal general) Tribunal de origen: Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal Tribunales que intervinieron con anterioridad: Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico y Juzgado N° 1 en lo Penal Económico

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